La creciente preocupación porque la aplicación de productos fitosanitarios se realice con la máximas garantías sobre la salud humana y el medio ambiente, ha motivado el desarrollo por parte de las administraciones públicas de normas técnicas y reglamentaciones que garanticen un uso más seguro y sostenible de los fitosanitarios.
La Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo de 21 de octubre de 2009 por la que se establece un marco de acción comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas establece, que los equipos de aplicación de plaguicidas para uso profesional sean objeto de inspecciones periódicas.
El Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, traspone al ordenamiento jurídico español los requisitos de inspección de estos equipos establecidos en la Directiva anterior.
En este real decreto se establecen los equipos objeto de inspección, la periodicidad de las inspecciones, dónde deben realizarse las inspecciones, con qué personal y qué formación ha de tener, así como el procedimiento de inspección a seguir.
Con objeto de homogeneizar y facilitar el procedimiento de inspección a realizar en las estaciones de inspección (ITEAF), se ha elaborado este "Manual de las Inspecciones" por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y un grupo de reconocidos expertos de la Universidad Politécnica de Cataluña, del Centro de Mecanización Agraria de la Generalitat de Cataluña y de la Universidad de Lérida, con la colaboración de las Universidades de Valencia, Córdoba y Albacete. Este Manual establece el procedimiento de inspección de acuerdo con las normas UNE-EN 13790:2004, parte 1, para inspección de pulverizadores para cultivos bajos, UNE-EN 13790:2004, parte 2, para inspección de pulverizadores para plantaciones arbustivas y arbóreas, e ISO 5682-2:1997, parte 2, métodos de ensayo para pulverizadores agrícolas